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Preguntas frecuentes sobre electores uniformados y en el extranjero y recursos adicionales

English

P1. ¿Cuáles son las calificaciones para inscribirse para votar como ciudadano de Colorado?

R1. Las personas que, a la fecha de las próximas elecciones, tengan por lo menos 18 años cumplidos y sean ciudadanos de Estados Unidos y residentes legales de Colorado tienen derecho a registrarse y a votar en este estado. (Las personas que de otro modo sean elegibles para votar y tengan 16 años, pero que no hayan cumplido todavía 18 a la fecha de las próximas elecciones pueden preregistrarse para votar).

Además, las personas que tengan 17 años a la fecha de las elecciones primarias, presidenciales primarias o comité político y que tengan 18 a la fecha de las próximas elecciones generales tienen derecho a votar en tales elecciones primarias, presidenciales primarias o comité político.

En el caso de los electores militares y que estén en el extranjero, “residente de Colorado” significa:

en el caso de los electores o dependientes militares, los que consideran que Colorado es su casa, aunque estén ausentes por estar en servicio activo;

en el caso de los electores que estén en el extranjero, aquellos cuya última residencia legal en Estados Unidos haya sido en Colorado.

P2. ¿A quiénes se aplica la Ley de Votación en Ausencia para Ciudadanos Uniformados y en el Exterior (UOCAVA, por su sigla en inglés)?

R2. Los ciudadanos de Colorado que vivan fuera de Estados Unidos y todo el personal militar activo ausente de Colorado son elegibles para registrarse y votar por correo como votantes amparados por la ley UOCAVA. Esta también se aplica a los cónyuges, parejas en unión civil y dependientes habilitados para votar del personal militar activo ausente de Colorado.

P3. ¿Quién es elegible como elector militar (elector miembro del personal uniformado)?

R3. Un “elector militar” es cualquier persona quien es:

  • un miembro de cualquier rama activa o de reserva de las fuerzas armadas, está en servicio activo y un residente de Colorado, pero ausentes del estado;
  • un miembro de la marina mercante, del Cuerpo Comisionado del Servicio de Salud Pública o de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica, quien es un residente de Colorado, pero quien está ausente por razones de servicio;
  • un miembro de la Guardia Nacional de Colorado quien es un residente de Colorado, pero quien está ausente por estar en servicio activo, o
  • Un cónyuge, pareja en unión civil o dependiente de una persona como descrito arriba, quien es residente de Colorado, pero quien está ausente debido al servicio activo del militar.

P4. ¿Quién es elegible como elector en el extranjero?

R4. Un “elector en el extranjero” es cualquier persona quien es:

  • un residente de Colorado que esta, temporalmente o permanentemente, viviendo fuera de los Estados Unidos; y
  • era un residente de Colorado inmediatamente antes de salir de los Estados Unidos.

P5. ¿Qué pasa si soy un ciudadano estadounidense que nunca ha vivido en los Estados Unidos?

R5. Si usted es un ciudadano de los Estados Unidos que nunca ha vivido en los Estados Unidos, puede registrarse para votar en Colorado si su padre, guardián legal, cónyuge o pareja de hecho era residente de Colorado antes de salir de los Estados Unidos. Para registrarse para votar, debe usar la última dirección de residencia en Colorado de una de las personas mencionadas arriba.

P6. ¿Cómo me registro para votar, actualizo mi registro y solicito una boleta?

R6. Si tiene licencia de conducir o identificación de Colorado, ingrese en www.VayaVotarColorado.gov. Puede utilizar este portal en línea de registración de votantes para registrarse para votar, solicitar una boleta o actualizar la información de registración de votantes. Además, también puede indicar como le gustaría recibir su boleta llenando el formulario proporcionado a través del portal en línea.

Puede actualizar su registro de votante para reflejar el estado de UOCAVA a través del portal en línea seleccionando "Buscar mi registro" y haciendo clic en el enlace "Cambiar mi dirección". A continuación, se le dará la opción de actualizar su estatus como elector de la UOCAVA y se le pedirá que indique si desea recibir su boleta por correo, fax o correo electrónico.

Si prefiere, puede someter una tarjeta federal de solicitud (FPCA, por sus siglas en inglés) al secretario de su condado. La PFCA está disponible a través del Programa Federal para la Asistencia de Votación (FVAP, por su sigla en inglés). Sirve como formulario universal para la registración de votantes y la solicitud de boleta de voto ausente.

Los electores militares y del extranjero deberían revisar su información de registración en línea y actualizarlo según sea necesario. Del mismo modo, también pueden actualizar esa información enviando una solicitud FPCA cada año al secretario de su condado.

Animamos a todos los votantes militares y en el extranjero que proporcionen suinformación de contacto alternativa, incluyendo una dirección de correo electrónico. Esta información permite que los oficiales electorales del condado se comuniquen con los votantes sobre su boleta y proveen información importante sobre las elecciones. Esta información NO estará disponible para el público y SOLO se usará con el propósito de comunicar sobre el proceso de votación.

R7. Cuando me registro como elector en el extranjero, ¿qué dirección debo usar?

R7. Debe proporcionar dos direcciones:

  • su dirección residencial de Colorado y
  • su dirección postal actual.

Para los ciudadanos extranjeros, su dirección residencial es la última residencia que mantuvo en Colorado antes de su partida. Si bien es posible que ya no mantenga vínculos formales con esa residencia, la dirección determina su jurisdicción de votación adecuada.

Nota: un apartado postal NO es una dirección residencial.

Su dirección postal actual es necesaria para enviarle información electoral, incluyendo su boleta. Si cambia su dirección postal, debe actualizarla en tiempo en la oficina electoral del condado para poder seguir recibiendo información electoral.

P8. ¿Cuándo es la fecha límite para someter la solicitud de registración de votante y para solicitar una boleta?

R8. Un votante elegible puede registrarse para votar hasta el día de las elecciones. Pero si desea recibir una boleta por correo, el oficial electoral designado debe recibir la solicitud a más tardar a la hora de cierre del 7º  día antes de las elecciones. Tome en cuenta que, si desea recibir la boleta por correo, es posible que 7 días no sea suficiente para recibir, votar y devolver la boleta.

Votantes militares y en el extranjero también pueden solicitar que se les envían la boleta por fax, correo electrónico, o descargándolo en línea.

El programa de entrega de boletas en línea le permitirá descargar su boleta, marcarla y revisarla, e imprimirla y firmar la autoconfirmación para devolverla a la oficina electoral del condado. Para acceder su boleta en línea, debe haber notificado a la oficina electoral de su condado que usted es un elector militar o en el extranjero. Para descargar la boleta, ingrese en myballot.sos.colorado.gov y inicie la sesión con su fecha de nacimiento y el número de su licencia de conducir de Colorado o los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social. Luego, siga las instrucciones para completar y imprimir su boleta para devolverla.

P9. ¿Tengo que enviar una solicitud de boleta por cada elección?

R9. Bajo las leyes de Colorado, todos los votantes activos recibirán una boleta por correo por cada elección primaria, coordinada y general. Si bien no es requerido enviar una tarjeta federal de solicitud (FPCA), es recomendable enviarla todos los años para asegurarse de que la boleta llegue a la dirección correcta.

P10. ¿Cómo sabré si se recibio mi solicitud?

R10. Una vez que la oficina electoral del condado haya procesado su solicitud, el condado le enviará una tarjeta postal. Si por alguna razón la solicitud no está completa, el condado le enviará una carta que le advierte que información adicional se requiere. También puede verificar el estado de su solicitud y boleta en www.VayaVotarColorado.gov.

P11. ¿Cómo puedo verificar que la información de mi registro de votante está completa?

R11. Para revisar la información de su registro de votante, haga clic en el enlace “Encontrar mi registro” que está en www.VayaVotarColorado.gov. Para acceder a su información, tendrá que ingresar su nombre y apellido, fecha de nacimiento y el código postal de su dirección residencial de Colorado. A través del portal en línea, podrá revisar su dirección postal, la información del precinto y distrito, afiliación partidaria y la información de contacto para el secretario y registrador de su condado, así como hacer un seguimiento del estado de su boleta durante una elección.

P12. ¿Cuándo debo recibir mi boleta por correo?

R12. Los condados enviarán las boletas a los votantes militares y en el extranjero 45 días antes de las elecciones. Debería recibir su boleta entre 2 semanas después de que haya sido enviado por el condado. También puede verificar si su boleta fue enviada con la herramienta de verificación de registración en www.VayaVotarColorado.gov.

P13. ¿Qué hago si no he recibido mi boleta?

R13. Póngase en contacto con la oficina electoral de su condado si no haya recibido su boleta dos semanas antes de las elecciones. El secretario de su condado le ayudará a determinar el estado de su boleta; y si necesario, emitirle una boleta de reemplazo. Para obtener información de contacto, visite la página de “Electores militares y en el extranjero.”

P14. ¿Quién es elegible para recibir y devolver una boleta por fax o correo electrónico?

R14. Todos los votantes militares y en el extranjero pueden solicitar recibir y devolver su boleta por fax o correo electrónico. Si desea recibir su boleta por fax, asegúrese de proporcionarle a la oficina electoral de su condado un número de fax completo, incluyendo el prefijo internacional y el código del país.

Si solicita la boleta por correo electrónico, proporcione la dirección de correo electrónico completa donde se enviara la boleta. Si recibe su boleta por correo electrónico, recibirá la boleta en blanco como un adjunto PDF. Para devolver su boleta votada por correo electrónico, debe imprimirla, votar, y luego escanearla y adjuntarla como PDF.

Nota: si opta por devolver la boleta votada por fax o correo electrónico, debe renunciar voluntariamente su derecho a un voto secreto.

P15. ¿Qué es una boleta federal por escrito?

R15. Cualquier votante militar o en el extranjero tiene derecho a votar mediante una boleta de voto en ausencia federal por escrito ("FWAB"). Puede usar el FWAB para emitir votos para todos los concursos federales, estatales y locales en los que sea elegible para votar. Puede designar al candidato escribiendo a nombre del candidato o escribiendo a nombre de un partido político u organización política, en cuyo caso se contará la papeleta para el candidato de ese partido político u organización política.

Si el condado ya procesó la solicitud de boleta y luego recibe una FWAB, se contará la FWAB. Pero, si usted devuelve una boleta y una FWAB, el condado anulará la FWAB y contará la boleta.

Puede obtener un FWAB de los oficiales de asistencia de votación federales y civiles o en el sitio web del Programa de asistencia de votación federal.

P16. ¿Cuándo es la fecha límite para devolver mi boleta votada?

R16. Todos los votantes militares y en el extranjero deben votar y devolver su boleta a más tardar a las 7:00 p. m. tiempo de montaña en el día de las elecciones.

La oficina electoral del condado debe recibir las boletas por correo a más tardar a la hora de cierre del 8º día después del día de las elecciones. Si está devolviendo su boleta electrónicamente, el secretario y registrador de su condado debe recibirla a más tardar a las 7:00 p. m. tiempo de montaña del día de las elecciones.

P17. ¿Qué sucede si hay un cambio en mi estatus UOCAVA o si cambia mi dirección?

R17. Si la dirección listada en su solicitud cambia debido a una reasignación o si usted regresa a los Estados Unidos, deberá actualizar su registro de votantes comunicándose con la oficina electoral de su condado. La mejor manera de actualizar su registro de votantes es ingresar en www.VayaVotarColorado.gov. Si lo prefiere, también puede enviar una aplicación de tarjeta postal federal actualizada (FPCA).

P18. ¿Qué sucede si mi archivo de registro está inactivo?

R18. Los electores militares y en el extranjero que se enteren de que su registro está inactivo deben actualizar su información para asegurarse de que se envíe una boleta para las próximas elecciones programadas regularmente. Puede actualizar su información enviando una aplicación de tarjeta postal federal actualizada (FPCA) o ingresando a www.VayaVotarColorado.gov.

Si esta cerca al día de las elecciones, también puede descargar la boleta mediante la función “Address Locator” del sistema de entrega de boletas en línea. También deberá descargar la aplicación de tarjeta postal federal por medio del sistema para actualizar su información. Debe enviar la boleta y la solicitud antes de las fechas limites mencionados arriba.