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Votantes con discapacidades

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P1. Si uso una silla de ruedas y mi lugar de votación es inaccesible para mí, ¿qué puedo hacer?

R1. Las leyes federales y del estado requieren que todos los lugares de votación sean accesibles. Si su lugar de votación no es accesible, informe a su oficina electoral local. Por favor consulte esta lista de contactos de oficinas electorales del condado para comunicarse con el oficial electoral local de su condado.

También puede presentar una queja de acuerdo con la ley “Help America Vote Act” (HAVA) ante la Oficina de la Secretaría del Estado. Información sobre el proceso de tramitación de quejas por la ley HAVA está disponible en el sitio web de la Secretaría del Estado.

P2. ¿Cómo recibiré mi boleta?

R2. Todos los electores votantes de Colorado reciben su boleta por correo. Los votantes elegibles que tengan alguna discapacidad pueden solicitar tener acceso a su boleta y votar en forma electrónica. Un votante elegible, debe imprimir la boleta votada y la solicitud de boleta accesible, firmar la solicitud de boleta accesible. Todos estos materiales deben devolverse juntos a través de USPS o en persona en un local con buzón electoral del condado o en un centro de servicio y votación (VSPC) del condado. Para que su boleta por correo sea contada, debe ser recibida por el secretario y registrador del condado a más tardar el día de las elecciones a las 7:00 P.M. Si no envió su boleta por correo con tiempo suficiente para cumplir con la fecha límite, DEBE entregarla en la oficina del secretario del condado a más tardar a las 7:00 P.M. el día de las elecciones.

También puede votar en persona. Para votar en persona, debe entregar la boleta postal, si la recibió y votar en un centro de servicio y votación designado en su condado. La fecha límite para votar en persona es a las 7:00P.M. el día de las elecciones.

P3: Uso un andador y tengo mucha dificultad para recorrer distancias grandes sin sentarme a descansar. Mi lugar de votación está en un edificio con estacionamiento y entrada accesibles. Sin embargo, el lugar de votación específico dentro del edificio está ubicado a una distancia significativa de la entrada más cercana al estacionamiento. ¿Qué puedo hacer?

R3. Si prefiere emitir su boleta en persona en vez de por correo, usted podría considerar informarle al secretario de su condado sobre este problema. Es posible que puedan reubicar el centro de votación dentro del edificio. Si esto no es posible, es posible que puedan colocar una silla o un banco a lo largo de la ruta para que pueda descansar.

P4. Tengo una discapacidad relacionada con mi abilidad de leer y me resulta difícil leer y entender lo que está impreso en mi boleta. Me gustaría poder votar en privado y sin ayuda. ¿Cuáles son mis derechos?

R4. La ley federal Help America Vote Act (HAVA) y las leyes de Colorado requieren que los votantes con discapacidades puedan emitir su voto en privado y sin asistencia. Cada condado ha comprado máquinas de votación accesibles para que sean utilizadas en cada lugar de votación. Estas nuevas máquinas cuentan con tecnología de apoyo y adaptable para dar la oportunidad a los votantes con alguna de una amplia gama de discapacidades de votar de manera privadamente e independientemente.

P5. Tengo una discapacidad mental. ¿Existen restricciones a mi derecho a votar en Colorado?

R5. No. Aunque algunos estados restringen el voto de personas con discapacidades mentales, no existen tales restricciones bajo la ley de Colorado.

P6. Tengo un amigo o familiar que está internado en una institución de salud mental. ¿Se les dará una boleta para votar?

R6. La Sección 1-2-103 de los Estatutos Revisados de Colorado especifica que las personas confinadas en una institución estatal con trastornos de salud mental o del comportamiento "no perderán el derecho al voto debido a [su] confinamiento". Es decir, que mientras que el individuo confinado sea elegible para votar, se le dará una boleta. Además, La ley de Colorado requiere que las instituciones estatales para personas con trastornos de salud mental o del comportamiento ayuden a asistir a las personas confinadas a registrarse para votar y obtener una boleta por correo.

P7. Tengo un familiar o un amigo que no creo que pueda entender o emitir un voto. ¿Qué puedo hacer?

R7. Independientemente de cómo otros vean el estado mental de un individuo, si el individuo tiene la capacidad de dirigir cómo le gustaría votar y está registrado para votar, entonces se le debe permitir votar. Lo que importa es la intención del votante: si se puede determinar la intención del votante, entonces el votante debe ser permitido votar.

Si la persona no puede expresar su preferencia al votar, entonces los demás no deben emitir el voto por ellos.

P8. ¿Qué puedo hacer si creo que se violaron mis derechos electorales?

R8. Puede presentar una queja electoral directamente en la Oficina de la Secretaria de Estado en 1700 Broadway, Suite 550, Denver, CO 80290. La plantilla de quejas electorales se encuentra en el sitio web de dicha oficina, en el enlace “Help America Vote Act” que está dentro de la ficha “Election Laws, Rules, and Resources (pagina en Ingles)”.

Si necesita ayuda para completar y presentar su queja, puede comunicarse con Disability Law Colorado. Para hacerlo, llame a la oficina de Denver al 1-800-288-1376 o 303-722-3619 (teletipo) o a la oficina de Grand Junction al 1-800-531-2105 (voz/teletipo).